El llamado de Verbitzky a un
acuerdo político para dar solución al caso Fayt significa una incitación a una
asociación ilícita entre oficialistas y opositores para encubrir actos
delictivos de la Corte Suprema.
En este asunto se mezclan dos
cuestiones:
a) el asunto Fayt, claramente su
vejez y,
b) la elección, reelección anticipada
de Lorenzetti, en que se cuestiona la validez de la firma de Fayt.
La primera se relaciona con la
iniciativa del juicio político, la segunda con el delito de falsedad ideológica
de la Corte.
La vejez.
El Poder Judicial tiene un
carácter más que corporativo, que lo tiene, monárquico. No sólo por la
inamovilidad de los jueces sino también por el procedimiento de designación.
Este carácter tiene su arraigo en
la historia y tradición de este aparato de estado.
La inamovilidad existe en Francia,
Italia, España, Brasil, Chile y, sobre todo, en Estados Unidos donde , además,
son vitalicios. Ninguno de estos países es una monarquía salvo España.
Muchos juristas, y no-juristas de
pronto devenidos tales, se escandalizan cuando alguien ha sugerido un examen
psico-físico para el Doctor Fayt. Cualquier trabajador está sometido a ello y
nadie se escandaliza. Los exámenes suelen ser más estrictos conforme la
actividad que el examinado desarrolle implique riesgo para otras personas.
Si es cierto que la Corte Suprema es
la última instancia de la justicia y ésta es el resguardo de los bienes y la
vida de los ciudadanos, de sus aciertos y desaciertos dependen la seguridad y
el riesgo de una población entera.
Por otro lado, sin tantos riesgos,
para algunas profesiones y, particularmente, para impartir clases es necesario
revalidar periódicamente la actualización de los conocimientos.
A ninguna de estas "humillaciones"
está sometida la honorabilidad de los jueces.
Lo dice una Jueza, María Laura Garrigós de Rébori,
referente de Justicia Legítima:"A los jueces que llegan al cargo nadie se
encarga de evaluar si hacen bien su tarea…lo más grave es que no existan
mecanismos de control del rendimiento físico y psicológico…y aun más grave,
tampoco del rendimiento laboral". Pero sus remuneraciones son intangibles.
Tampoco están sometidos al castigo
del voto ciudadano, suponiendo que exista el voto-castigo.
Los jueces de la Corte Suprema son
nombrados por el Presidente de la Nación con acuerdo del Senado. Los Presidentes,
tanto acá como en los democráticos Estados Unidos de Norteamérica, han heredado
una de las facultades del Monarca.
Sería discriminatoria la
presunción de inhabilidad en razón de la edad. Si los es "para
abajo", la excesiva juventud, también lo es "para arriba". Otra
cosa es que exista el derecho a la jubilación. El deber de hacerlo se puede
justificar en aquéllas instancias donde el no hacerlo constituye un
"tapón" para el ingreso de los más jóvenes. Y, en esos casos, para no
desaprovechar la creatividad y la experiencia se han arbitrado mecanismos: el
consultor, el emérito, que conocemos.
El problema está en la concepción
del privilegio, no sólo de la Corte y
la Justicia.
Pero, aceptada las cosas como son,
es decir el mecanismo constitucional, el procedimiento de remoción es el Juicio
Político. Y la Constitución establece que sólo la Cámara de Diputados ejerce el
derecho de acusar ante el Senado por mal
desempeño en el ejercicio de sus funciones y con una mayoría de dos tercios
de los miembros presentes. Cualquier ciudadano está facultado para hacer la
denuncia acompañando la documentación que pruebe el mal desempeño.
La Comisión de Juicio Político
inició un proceso de investigación
para determinar si Carlos Fayt cuenta con aptitud psicológica y física para
continuar ejerciendo el cargo debido a su
avanzada edad.
Parece más o menos evidente que el
doctor Fayt, quien votara en disidencia con el fallo que anulaba las leyes de
punto final y obediencia debida en el caso de El Turco Julián, está algo más
que achacoso. Pero lo cierto es que la Comisión de Juicio Político orinó en
lugar equivocado. Muy lejos. La resolución demuestra ignorancia o desprecio por
la Constitución en virtud de la cual los diputados han sido electos y por el
Reglamento por el cual se rige el procedimiento de la propia Comisión de que
forman parte. Sólo basta leer los textos legales.
El periodista, abogado y cruzado
de la Presidenta de la Nación, Horacio Verbitzky se queja, precisamente, de que no lean. Ni
sus advertencias ni los textos legales. Sus argumentos respecto a la ignorancia
legal de los diputados oficialistas publicados en Página 12 del 17 de mayo son contundentes.
Verbitzky lamenta coincidir con la oposición para la que,
con razón, no ahorra adjetivos pero vuelve a sostener que la salida al asunto
Fayt es sólo el acuerdo político. Con ella, con la oposición. "Lo de Fayt sólo
se destraba con una negociación política. Lo que tiene que ocurrir es la
negociación política porque estamos ante una crisis institucional seria que
seguirá en el próximo gobierno. Gobierne
quien gobierne".
Perro viejo.
Reelección Lorenzetti.
Si la Comisión erró el vizcachazo , los honorable miembros del tribunal supremo
han delinquido.
La propia Corte lo
confesó. Confesó que habían falsificado el acta de la Acordada de la reelección
de Lorenzetti al hacerla firmar nuevamente. Fayt no había firmado en la Sala de
Acuerdos sino en su casa.
El acta es un documento
público, la falsedad ideológica de un documento público es un delito sancionado
penalmente. Toda la Corte cometió el
delito. Quién comete un delito es un delincuente.
Para juzgar a un miembro
de la Corte, porque ésta no puede juzgarse a sí misma, es necesario el Juicio
Político, lo vimos. Pero para ello es necesaria la denuncia. Denuncia que hasta
ahora no hizo ningún fiscal ni ningún funcionario.
Si un distraído Escribano
inserta en un documento una aserción falsa lo más probable es que no sólo se
anule el documento, el escriba se quede sin registro notarial, sino que vaya
preso.
El distinguido y engolado
constitucionalista, miembro también de Justicia Legítima, algo despistado
políticamente, Doctor Eduardo Barcesat, dijo:
"es grave afirmar que alguien está en la sala donde se tratan los
acuerdos y participa de una votación… Si esto no es así constituye falsedad ideológica en un
instrumento público, lo que además de constituir un delito, puede derivar en la
nulidad de esas resoluciones". Y sentenció: "debe abrirse un
procedimiento para que se investigue no
la situación de Fayt, sino la actuación de la Corte de convalidar que no
concurra a los acuerdos y que firme fallos redactados por otros en su domicilio
particular".
Más precavido políticamente el mismo
Verbitzky, si bien no puede dejar de advertir que hay un delito, no arriesga a
pedir una investigación: "Hay
una situación muy grave porque hay una falsedad ideológica en un documento
público. Eso es incluso un delito".
Pero nunca falta un correveidile y, para eso, parecen estar
los Jefes de Gabinete. Oyó ruidos, abrió
la boca y dijo lo cierto: " Hay un planteo
que han hecho varios, como Verbitsky y Barcesat, que son conocedores del tema,
que es que las actas en las que se han justificado esos votos, esas actas a
beneficio de Lorenzetti se llevaron a cabo en la Corte Suprema de la Nación.
Sin embargo, el voto del doctor Fayt no se habría hecho en la Corte sino que su
secretario, Abritta, lo ha llevado a su casa. Si es así estamos ante un
problema que no sólo incluye al doctor Fayt sino a Lorenzetti, a la doctora
Highton y al doctor Maqueda por una razón elemental: los actos administrativos
de la Corte se basan en hechos y antecedentes verdaderos y esto no sería
verdadero, sería caer en una falsedad ideológica diciendo una cosa que no
sucedió". Zaffaroni zafó a tiempo y con preaviso.
Sin mayor explicación la Corte, ahora con
la presencia de Fayt, ratificó la acordada. Según versiones los magistrados
adujeron un error de redacción. La
Corte no se atreve a ponerlo por escrito. Es inconcebible que tamaños juristas
yerren tan fiero en la redacción. Pero además sería la confesión por escrito,
no sólo de la nulidad del acto sino del delito.
Alguien mandó parar. Nadie protesta. Un
inocente error de redacción termina con la gravedad, la nulidad y el delito. ¿Quién se atreve a pedir el juicio político
a toda la Corte en plena campaña electoral?. ¿Quién se banca el escándalo internacional?.
Este es el sentido de la advertencia de
Verbitzky: no hagan olas, a nadie le
conviene.
Hay una figura jurídica conocida como
"omisión de denuncia". Si bien quedó un poco desdibujada con la
reforma del Código Penal su sentido no ha desaparecido: cuando no se denuncia
debiéndose hacer hay encubrimiento,
agravado en el caso de los funcionarios públicos. De cualquiera de los Poderes.
Llamar a un acuerdo para omitir la denuncia se parece bastante a una incitación
a asociarse para cometer un delito.
Este es el panorama político que, hasta
ahora, incluye a todos, todos todos,
los partidos políticos y sus menesterosas "alianzas".
Edgardo Logiudice
Mayo 2015
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